SEGUROS

La Ley de Ordenación de la Edificación LOE (BOE como Ley 38/99 el 5 de Noviembre de 1999), entre otros aspectos muy importantes en el proceso edificatorio, prevé tres garantías en paralelo con las responsabilidades que establece :

Seguro de daños materiales o seguro de caución para garantizar durante un año, el resarcimiento de los daños materiales por vicios o desperfectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras, que podrá ser sustituido por la retención por el promotor de un 5 por 100 del importe de ejecución material de la obra.

Seguro decenal, para garantizar durante diez años, el resarcimiento de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.

Estas garantías se requieren para todo tipo de edificios de viviendas de promoción privada (obra nueva o rehabilitación ) y serán necesarias en el acto de transmisión en la notaría y en su posterior registro. Serán necesarias para las promociones que soliciten licencia a partir de la entrada en vigor el 5 de mayo de 2000.

Por todo ello contratamos distintos Seguros:


SEGURO R.C.

El seguro de Responsabilidad Civil se contrata mediante póliza con MAPFRE.


SEGURO DECENAL

El seguro decenal ofrece la garantia de daños estructurales del edificio por un periodo de diez años, y es contratado para cada promoción con ASEFA, teniendo como empresa de control a QUALIBERICA, S.A.


SEGUROS CANTIDADES A CUENTA

En las todas las promociones, las cantidades entregadas a cuenta se garantizan mediante póliza de Seguro de Caución, garantizando el Grupo Asegurador ASEFA el buen fin de las cantidades entregadas. Es decir, que el dinero recibido se emplée únicamente en los pagos de la promoción.